TRTADO DE MEXICO
Gracias a que ha firmado acuerdos comerciales en tres
continentes, México se posiciona como una puerta de acceso a un mercado
potencial de más de mil millones de consumidores y 60% del PIB mundial.
México cuenta con una red de diez tratados de libre comercio
con cuarenta y cinco países, treinta y dos acuerdos para la promoción y
protección recíproca de las inversiones con treinta y tres países, nueve
acuerdos de alcance limitado (Acuerdos de Complementación Económica y Acuerdos
de Alcance Parcial) en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración
(ALADI) y es miembro del Tratado de Asociación Transpacífico (TPP por sus
siglas en inglés) .
Además, México participa activamente en organismos y foros
multilaterales y regionales como la Organización Mundial del Comercio (OMC), el
Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), la Organización para
la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y la ALADI.
DEFINICION
En Derecho internacional, acuerdo escrito concluido por dos
naciones soberanas o por una nación y una organización internacional (por
ejemplo, la Unión Europea). La facultad de concertar tratados es un atributo
esencial de la soberanía. El principio de que los tratados concluidos de forma
correcta son obligatorios para los signatarios, que deben adherirse a los
mismos de buena fe, es una regla cardinal del Derecho internacional.
Validez
Para que un tratado internacional sea válido, ambas partes
deben poseer la capacidad necesaria para concertar tratados. Los
plenipotenciarios que los negocien han de estar autorizados de la forma
conveniente, y actuar con completa libertad. Un tratado no es válido si ha
existido amenaza o fuerza que violen los principios del Derecho internacional
consagrados en la Carta de las Naciones Unidas.
Los tratados de paz celebrados después del cese de las
hostilidades eran considerados por lo general como nulos debido a la existencia
de la contienda bélica. Sin embargo, en 1932 los Estados Unidos establecieron
una política que reconocía la validez de los tratados celebrados por medios
contrarios al Pacto Briand-Kellogg, conocido asimismo como Tratado de París. Este
principio, conocido como doctrina Stimson, se adoptó por la Sociedad de
Naciones, y con posterioridad fue llevado, junto con otros principios análogos,
a la Convención de Viena de 1969.
Contenido
Las finalidades que persiguen los Estados cuando conciertan
tratados son ilimitadas en la práctica. Incluyen la adquisición de territorio
extranjero, la cesión de territorio propio, la delimitación y rectificación de
fronteras, la promesa de ayuda recíproca, la garantía de inversiones
exteriores, la extradición de personas acusadas por algún delito o condenadas
por ello y otros numerosos supuestos. Los tratados pueden ser bilaterales, pero
también multilaterales, como sucede con las convenciones de Derecho del mar, la
de los derechos humanos o las que regulan los privilegios e inmunidades
diplomáticas. Los tratados multilaterales constituyen la base para la formación
de organizaciones internacionales y la determinación de sus funciones y
potestades.
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